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Capítulo 1, Parte 2, “Brit Shalom” por el Rabino Oury Cherki

La tercera sección del primer capítulo del libro “Brit Shalom”, que estamos estudiando, trata sobre la definición de quiénes son los “Bnei Noaj” (Noájidas).

Ya hemos aprendido que quien acepta los mandamientos de los Bnei Noaj ante un tribunal de tres rabinos recibe un estatus adicional. Esta persona es llamada “Guer Toshav” (extranjero residente). Esto se menciona en el párrafo 7: “Si aceptó los mandamientos ante un tribunal de tres rabinos, se lo llama Guer Toshav y se le permite residir en la Tierra de Israel”.

En otras palabras, a los idólatras que no aceptan la constitución mínima de los siete mandamientos de los Bnei Noaj, en principio, no se les permite establecerse entre nosotros en la Tierra de Israel. En cambio, alguien que acepta los siete mandamientos vive entre nosotros como ciudadano y recibe plenos derechos cívicos como ser humano.

¿Sobre qué base una persona acepta los siete mandamientos? ¿Es porque cree en la Torá de Moisés? ¿O porque su razón y moralidad lo obligan a hacerlo?

Aquí tenemos una distinción. En el párrafo 8, se dice: “Si una persona aceptó los mandamientos porque reconoce la verdad de la Torá de Moisés, tal como fue transmitida por el pueblo de Israel, también se lo llama “Jasid Umot HaOlam” (Justo* entre las Naciones). Tiene una parte en el Mundo Venidero junto con Israel. En otras palabras, está sentado, por así decirlo, en el mismo “departamento” del Mundo Venidero que el pueblo de Israel. 

Sin embargo, en el párrafo 9, se señala que “Una persona que cumple los mandamientos no por fe en la Torá, sino como una necesidad racional, con la razón o la moralidad obligándolos, es llamado “Jajam Umot HaOlam” (Sabio entre las Naciones)”.

Esta es una distinción entre un Jasid (persona justa) y un Jajam (persona sabia). Algunos de nuestros sabios dieron preferencia al Jasid, mientras que otros dieron preferencia al Jajam.

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Por lo tanto, los noájidas no deberían verse agobiados por declaraciones como: “este robo está prohibido” o “según la ley judía, esto es robo”. En cambio, existe un razonamiento humano y una legislación que no tiene por qué coincidir con la ley judía. Esta segunda opinión es, de hecho, la principal. Y la halajá es según esta última opinión.

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